Ley Nacional de Cuidados Paliativos en Colombia

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Esta ley, gestada a partir de la llamada Ley Consuelo Devis Saavedra tiene por objeto que los pacientes en fase terminal, crónica, degenerativa e irreversible, tengan un tratamiento integral del dolor, así como el alivio del sufrimiento y deja en claro que estos pacientes pueden “desistir de manera voluntaria y anticipada de tratamientos médicos innecesarios”.

Así se conceden cuidados paliativos para estos pacientes que requieren no solo apoyo médico sino social, espiritual, y apoyo psicológico y familiar, durante la enfermedad y el duelo, a fin de mejorar todo lo que se pueda la vida del paciente.

Esta ley había sido objetada por el poder Ejecutivo pero dichas objeciones fueron denegadas por la Corte Constitucional. Por lo tanto, la Ley Nacional de Cuidados Paliativos está ahora en pie. A través de la ley se establece que todas las clínicas, hospitales y centros de cuidados deben proveer cuidados paliativos a pacientes y familias. Asimismo, dictamina que las organizaciones proveedoras de cuidados de la salud y las aseguradoras deben asegurar la prestación de cuidados paliativos tanto en el domicilio del paciente como a nivel hospitalario cuando sean necesarios.

Esta ley establece además que el Ministerio de Salud y el Fondo Nacional de Estupefacientes deben garantizar el acceso a medicamentos opioides.

Siga el link para acceder a publicación acerca de la ley.

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